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Nuevo Real Decreto-ley 1/2025 por el que se aprueban medidas urgentes en materia económica, de transporte, de Seguridad Social, y para hacer frente a situaciones de vulnerabilidad.

Nuevo Real Decreto-ley 1/2025 por el que se aprueban medidas urgentes en materia económica, de transporte, de Seguridad Social, y para hacer frente a situaciones de vulnerabilidad.

El nuevo Real Decreto-ley 1/2025 contiene la práctica totalidad de las medidas del escudo social que el Gobierno aprobó en diciembre y no logró el apoyo necesario del Congreso el día 22 de enero de 2025 para convalidar el RDL 9/2024 (más conocido como «ómnibus»). Entre las medidas, se incluyen la revalorización de las pensiones conforme al IPC, la mejora de las pensiones mínimas, las ayudas a los municipios, hogares y empresas afectados por la DANA, las ayudas al transporte público o las ayudas a los afectados por el volcán de La Palma. Además, se incluye también una medida adicional en materia de vivienda, que no figuraba en el anterior, que es la creación de un sistema público de avales y garantías para propietarios e inquilinos.

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Comunicado a nuestros clientes

Comunicado a nuestros clientes

Estimado cliente, A raíz del estado de alarma decretado por el gobierno de España, le comunicamos que en CAÑIZARES VALLE hemos adoptado todas las medidas necesarias para poder continuar prestando...

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COVID-19. Lo que debe saber sobre la presentación de ERTEs derivados del Coronavirus

COVID-19. Lo que debe saber sobre la presentación de ERTEs derivados del Coronavirus

El ERTE (Expediente de Regulación Temporal de Empleo) es un procedimiento administrativo por el que el empresario puede suspender o reducir el contrato de trabajo de sus trabajadores de forma temporal. Corresponde, por lo tanto, a la empresa, adoptar la decisión de la aplicación de medidas de suspensión de los contratos o reducción de jornada, si bien debe comunicar dicha decisión a los representantes de los trabajadores y, automáticamente, a la autoridad laboral. Durante los ERTEs no se debe dar de baja a los trabajadores en la Seguridad Social, ya que siguen de alta, con independencia de que la empresa pueda estar exonerada del pago de las cotizaciones a la Seguridad Social.

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