En la compraventa de viviendas sin valor de referencia catastral establecido, el margen de decisión del contribuyente es mayor. Precisamente por eso, el error puede ser irreversible. Cuando no existe valor de referencia, muchos compradores optan por declarar en el itp un importe superior al precio escriturado pensando en evitar futuras comprobaciones. La Dirección General de Tributos acaba de aclarar que esa elección no siempre permite marcha atrás.








